Actualmente, la Junta Central Electoral y sus oficialías ofrecen dos formatos de emisión de actas de registro civil (actas de nacimiento, matrimonio, divorcio y defunción): Extracto de Acta y Acta Inextensa.
Un extracto de acta es una versión resumida de la información de registro civil correspondiente, mientras que un acta inextensa contiene toda la información registrada.
Varios consulados y embajadas extranjeros en el país han comunicado que no aceptan actas de registro civil en versión “extracto”.
Por ejemplo, la Embajada de Italia en R. D. ha publicado en su página web que las actas para solicitudes de visas deben ser “inextensas”.
Información publicada por la Embajada de Italia en: https://ambsantodomingo.esteri.it/ambasciata_santodomingo/es/informazioni_e_servizi/servizi_consolari/cittadinanza
De igual forma, la Embajada de los Estados Unidos en R. D. publicó en sus redes sociales que a partir de noviembre de 2021, los solicitantes de visas de inmigrante deberán presentar actas inextensas en su entrevista consular.
Información publicada por la Embajada de Estados Unidos en Instagram: https://www.instagram.com/p/CW3H6V1Mw_H/?utm_source=ig_web_button_share_sheet
Es por esto que desde Tralega recomendamos que todas las actas para fines de traducción legal sean inextensas. De esta manera evitará gastos innecesarios en sus diligencias de documentos y/o retrasos en sus procesos migratorios.
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